Son muchos los casos de personas que tienen serios problemas con la justicia y viven un gran sufrimiento por daños causados por haber conducir en estado de ebriedad. Es un tema muy serio sobre el que todos debemos conocer y reflexionar para evitarlo. A continuación compartiremos con usted información sobre los delitos penales y los riesgos en que incurren las personas por conducir su vehículo en estado de ebriedad.
¿Cuándo se considera que una persona comete el delito de manejar en estado de ebriedad?
Depende si la persona conduce un vehículo para uso público o particular.
Si conduce y presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general.
Se considerará que comete delito cuando se le encuentre en la sangre una proporción de alcohol mayor a 0.25 gramos por litro.
Si conduce un vehículo motorizado para uso particular
En este caso se considera que comete delito cuando la proporción de alcohol supere los 0.5 gramos por litro.
¿Y a qué cantidad de vasos de cerveza, pisco, vino u otro licor corresponden dichas proporciones de alcohol?
No es posible determinar una cantidad exacta de vasos de cerveza, pisco, vino u otro licor, como para tener en cuenta y así no superar los límites establecidos por la ley. En realidad depende de cada persona, del modo en que cada una procesa el alcohol en la sangre, y ello varía con el peso, la altura, la edad, el sexo, y otros factores biológicos y físicos del ser humano.
¿Qué delitos comete una persona al conducir en estado de ebriedad?
Delito: Homicidio culposo
Este delito es el más grave, y sanciona al que, por culpa, ocasiona la muerte de una persona utilizando un vehículo motorizado; y la sanción es una pena privativa de libertad de cuatro a ocho años.
Asimismo, se le impone pena de inhabilitación que consiste en la suspensión, cancelación o incapacidad definitiva para obtener autorización para conducir cualquier tipo de vehículo. De ser el caso, puede ser también de impedimento para ejercer una profesión u oficio o usar armas de fuego.
Delito: Lesiones culposas
Si una persona conduce un vehículo motorizado con presencia de alcohol en la sangre y causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud, será reprimido, por acción privada, con una pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años. La pena de inhabilitación es igual a la prevista para el homicidio culposo.
Resistencia o desobediencia a la autoridad
En este caso, quien desobedezca la orden de realizarse un análisis de sangre o de otros fluidos corporales que tenga por finalidad determinar el nivel, porcentaje o ingesta de alcohol, recibirá una pena privativa de la libertad de 6 meses a 4 años o prestación de servicios comunitarios de 70 a 140 jornadas.
Delito: Por conducir en estado de ebriedad.
Si detectan que usted conduce un vehículo motorizado y ha sobrepasado los límites de alcohol en la sangre, y califica como estado de ebriedad, por ese hecho la sanción es una pena privativa de la libertad no menor de 6 meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de 52 a 104 jornadas. Si presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancía o carga en general, la pena es la privación de la libertad de uno a tres años o prestación de servicios comunitarios de 60 a 140 días.
En los dos casos, los autores recibirán la inhabilitación que consiste en la suspensión, cancelación o incapacidad definitiva para obtener autorización para conducir cualquier tipo de vehículo.
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